La sentencia 508/2018 del Tribunal Supremo declara nula la Orden Ministerial de Cultura que regula, desde 2015, las tarifas generales por el uso del repertorio de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual. Este varapalo judicial significa que desde ahora se aplicará la normativa anterior. El Ministerio de Cultura asegura que, en cualquier caso, las tarifas cobradas son legales y ya trabaja en una nueva normativa de manera “urgente”.