Según el Anteproyecto de Ley quedará prohibida la venta, suministro o dispensación, gratuita o no, de cualquier tipo de bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales no destinados al consumo inmediato de bebidas alcohólicas, que estén autorizados para su venta o dispensación, con independencia de su régimen horario, desde las 22 horas hasta las 9 horas del día siguiente, con multas
El incumplimiento de esta limitación se tipifica como infracción grave, que puede ser castigada con multa en cuantía máxima de 6.010 euros y clausura del local.Europapress.