Las entidades de gestión de derechos de autor deberán de destinar aquellas cantidades que no hayan sido reclamadas por sus titulares a actividades asistenciales para sus socios y a la lucha contra la piratería.
Las entidades de gestión de derechos de autor deberán de destinar aquellas cantidades que no hayan sido reclamadas por sus titulares a actividades asistenciales para sus socios y a la lucha contra la piratería.