En la Ley 3/2017 de los Presupuestos para el 2017, publicada en el BOE ayer, se señala que tributarán al 10% “la entrada a los demás espectáculos culturales en vivo”. La actividad de las Salas de Fiesta y Discotecas reúne todas las exigencias para que asimismo a la entrada le sea de aplicación, también, el tipo reducido del 10%, a partir de hoy, fecha de entrada en vigor de la citada Ley.
En el Capítulo VI. Normas tributarias. Impuesto sobre el Valor Añadido, desaparece en el artículo 91.2.2º la referencia expresa a los “servicios mixtos de hostelería”. La recreación de esta figura fue la causa de aplicar a las salas de fiesta y discotecas el Tipo General del 21% a las entradas como a las consumiciones.