El tipo del 21% de IVA aplicable a los servicios de hostelería, una vez en el interior del local, es arbitrario.
El Ministerio de Hacienda y concretamente la Dirección General de Tributos, sigue sin cumplir con la obligación de contestar a la pregunta vinculante que FASYDE planteó el 4 de febrero de 2015 sobre la aplicación del tipo del 21% de IVA a todos los servicios de hostelería que llevan a cabo en las discotecas y salas de fiesta de España una vez en el interior del local.
Raya en lo inverosímil que transcurridos más de 15 meses desde que se planteó una pregunta vinculante, con obligación de contestar, el Ministerio sigua en silencio. Pero se acerca a lo esperpéntico cuando la Dirección General de Tributos no cumple ni ante una institución tan relevante como es el Defensor del Pueblo. Ante la ausencia de contestación, FASYDE planteó ante el Defensor del Pueblo un escrito de Queja por el citado incumplimiento. Una vez revisada nuestra petición, la mencionada institución consideró que el Ministerio incumplía con su obligación de contestar a la pregunta vinculante. Por ello, el día 30 noviembre de 2015 requirió al Ministerio la contestación, recordándole, además, el deber que tiene de cumplir. Ante el silencio al requerimiento, el Defensor del Pueblo, y a instancias de FASYDE, emplazó, nuevamente el 5 de abril de 2016, a la Dirección General de Tributos para que respondiese. Han trascurridos casi dos meses y sigue sin contestar.
Lo increíble y esperpéntico se ha convertido en ilegal. Ante esta situación no cabe más que razonar que Hacienda es consciente de la arbitrariedad, injusticia y discriminación que supone la aplicación del tipo del 21% de IVA en las salas de fiesta y discotecas a los servicios de hostelería aplicables una vez que el cliente se encuentra en el interior del local.