Suspensión del pago de la renta de una Discoteca mientras no esté permitida la apertura. La arrendataria de una discoteca presentó una demanda ya que por el COVID-19, vio interrumpida la actividad del local y no se ha podido reiniciar.
El Auto adopta la medida cautelar consistente en reducir al 50% el importe de la renta mientras dure el procedimiento y hasta la sentencia una vez reabran los locales y suspender el pago de la renta (abonando únicamente las cantidades complementarias) mientras no se reabra la actividad.